Aportaciones de nuestra Plataforma al borrador de nuevo reglamento del Consejo Escolar Municipal de Aranjuez
Conocido el
documento de borrador del nuevo reglamento del Consejo Escolar Municipal de
Aranjuez en nuestra reunión del 22 de marzo y analizado dicho documento en nuestra
reunión de 3 de abril hemos llegado a las siguientes conclusiones:
En
cuanto a sus competencias y funciones, que figuran en el artículo 12
punto c y d, consideramos que deben dejarse en su redacción anterior, es decir
c) El consejo escolar municipal,
en Pleno, INFORMARÁ (No “será informado”) sobre propuestas de convenio y
acuerdos que mejoren la prestación de servicios educativos.
d) EMITIRÁ INFORME NO VINCULANTE (No
“será informado”) sobre la propuesta de presupuesto municipal en materia
educativa.
Consideramos
esta rectificación necesaria dado que el Consejo debe ser, como indica en su
preámbulo, el órgano superior de consulta
y participación democrática en la programación de la enseñanza en Aranjuez, y
no meramente pasivo y receptor de la información municipal.
En
cuanto al funcionamiento del pleno, dado que en el nuevo desaparece su
comisión permanente puesto que se pretende la toma de decisiones en el pleno
general, parece indicado que se reúna con más periodicidad que la que indica su
artículo 14:
El pleno del consejo se reunirá
con carácter ordinario dos veces al año, previa convocatoria de su presidente,
con un mínimo de 48 horas de antelación, con propuesta de orden del día
elaborado por la Comisión Permanente. Podrá celebrar sesiones extraordinarias y
sesiones de urgencia, convocadas con 24 horas de antelación, cuando lo
determine su presidente o dos tercios de los consejeros/as.
Dado que
la comisión permanente desaparece (que era la que realmente se reunía en el
pasado consejo) y que su periodicidad, contenido en el antiguo artículo 22,
indicaba que
La comisión permanente se dotará
de un calendario para las reuniones de trabajo, como mínimo, una vez por
trimestre para atender los asuntos de su competencia, y en todo caso,
previamente a la celebración del Pleno para elaborar su orden del día.
Proponemos,
por tanto, que el nuevo pleno del consejo se reúna, como mínimo, una vez por
trimestre.
Por otro
lado, no parece quedar claro quién elaborará en el nuevo consejo el orden del
día de las reuniones. Parece necesario, por lo tanto, corregir también este
punto del artículo 14. Nuestra propuesta sería incluir, en este artículo o en
otro específico: con propuesta de orden del día elaborada mediante la inclusión
de puntos sugeridos en la reunión anterior así como también cualquier otro
sugerido por uno de sus miembros presentado al presidente con una anterioridad
de 48 horas a la celebración de la reunión.
Dado todo
lo anterior, la nueva redacción del artículo 14 quedaría del siguiente modo:
El pleno del consejo se reunirá
con carácter ordinario, como mínimo, una vez por trimestre, previa
convocatoria de su presidente, con un mínimo de 48 horas de antelación, con
propuesta de orden del día elaborado mediante la inclusión de puntos
sugeridos en la reunión anterior así como también cualquier otro sugerido por uno
de sus miembros presentado al presidente con una anterioridad de 48 horas a la
celebración de la reunión. Podrá celebrar sesiones extraordinarias y
sesiones de urgencia, convocadas con 24 horas de antelación, cuando lo
determine su presidente o dos tercios de los consejeros/as.
Por
último, en cuanto a la composición del consejo, que figura en su artículo 6, parece
comprensible el deseo de reducirlo para hacerlo más funcional y que las decisiones
puedan ser tomadas en Pleno, en vez de en reuniones reducidas de la permanente.
No obstante, no entendemos como esta reducción, dejándolo en 15 miembros, puede
pasar por la desaparición de sectores fundamentales en el mismo y que antes sí
lo estaban. Por lo tanto proponemos recuperar, en un número adecuado al nuevo
pleno, los siguientes:
f) 1 alumno elegido de entre los que conforman los consejos
escolares de centro de la localidad.
g) 1 representante del personal
no docente, designado por la central sindical más representativa del sector.
k) 1 representante de la
enseñanza universitaria de la localidad, elegido por ellos y entre ellos.
l) 1 representante de cada una de
las uniones comarcales de las centrales sindicales.
n) 1 representante de cada
federación de AMPAS locales, que será la figura de su presidente.
Por otro
lado, también parece lógico aumentar el número de profesores pues son, al cabo,
los verdaderos técnicos especialistas en educación, pues nos parece
completamente insuficiente solo un profesor representante de la escuela pública
y otro de la privada-concertada.
Contando
con la proporcionalidad en la representatividad, nosotros proponemos sustituir
estos dos únicos profesores por los siguientes:
c) 4 profesores de la enseñanza
pública con destino en un centro docente del municipio, representando a cada
tramo educativo del siguiente modo:
1 representante de educación
infantil
1 representante de educación
primaria
1 representante de educación
secundaria, bachillerato y ciclos formativos.
1 representante de educación de
adultos, escuela oficial de idiomas, educación especial.
d) 2 representantes de la
enseñanza privada-concertada con destino en un centro docente del municipio,
representando a cada tramo educativo del siguiente modo:
1 representante de educación
infantil y primaria
1 representante de educación
secundaria, bachillerato y ciclos formativos.
En
cuanto a la elección de los profesores, no nos parece adecuado que sean
elegidos por los sindicatos con mayor representatividad en el sector, sino que
deberían ser propuestos uno por centro y tramo educativo y elegidos entre sus
representantes
Con
todos estos cambios el Pleno del consejo pasaría a tener 25 miembros, un número
que sigue siendo reducido pero en el que están representados absolutamente
todos los sectores, con proporcionalidad, y de carácter mucho más técnico.
Las
conclusiones de este análisis se harán llegar a todos los grupos políticos con
representación en el pleno municipal para que puedan valorarlas, así como a los
miembros de nuestra lista de correo general.
Por último,
nuestro deseo de que el nuevo reglamento signifique recuperar el cauce de
participación ciudadana perdido durante estos años.
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